جمعية المهندسين الصحراوية من أجل التنمية           
    
Asociaci
ón de Ingenieros Saharauis por
                        el Desarrollo
(AISD)  

ب

  ESTATUTOS

QUIEN SOMOS?

Capítulo Primero

Artículo 1

15 de mazo del 2006 en Bir_Lehlu (territorio liberado de la RASD), la reunión constituiva de la Asociación de Ingenieros Saharauis por el Desarrollo (AISD).

Es una organización  no gubernamental, una institución  que agrupa a los ingenieros saharauis. Los textos de referencia son los estatutos y la ley interna de la Asociación .

Articulo 2

La Asociación de Ingenieros saharauis para el Desarrollo es una organización  no gubernamental, una institución  que agrupa a los ingenieros saharauis con el objetivo de participar eficazmente en el desarrollo de la sociedad saharaui.

Artículo 3

 La sede provisional de la Asociación esta fijada en Chahid el Hafed. 

Artículo 4

El lema de la Asociación es: Unificar las capacidades cientificas y técnicas y explotarlas en beneficio del desarrollo y la  autosuficiencia.

 Artículo 5

El presidente(a) es el representante legal de la Asociación ante la justicia;

 Artículo 6

La Asociación respeta las leyes del Estado saharaui, las costumbres y las tradiciones de la sociedad. Se compromete a defender la legalidad y los derechos legítimos del Pueblo Saharaui, conservando su independencia, conforme a la convicción de sus miembros.

 Artículo 7

-La aprobación (o desaprobación) que concierne a los proyectos, así como la toma de decisiones se hace con la mayoría simple.

-La votación se realiza mediante boleta secreta.

 Artículo 8

 -Las rentas de la Asociación provenientes de las cotizaciones de sus miembros, las donaciones y subvenciones  que ella puede recibir son guardados por la tesoreria y su gestión es competencia del Secretariado General.

Capítulo Segundo

Objectivos-Métodos y Campos de Actividades

 Artículo 9 

La Asociación persigue :

-Consolidar las relaciones de  amistad  entre los colegas miembros.

-Luchar contra el desempleo y marginación  de los ingenieros para limitar su desplazamiento al extranjero con el objetivo de que participen en el desarrollo de nuestra sociedad.

-La Asociación pretende convertirse en vía de coordinación entre los ingenieros y los diferentes sectores laborales.

-Modernizar la profesión y poner las bases y procedimientos a seguir en todas las especialidades para enfrentar los desafíos del futuro.

Artículo 10

-La creación de centros de estudio, talleres, laboratorios; etc

- elaborar estudios y exposiciones sobre las riquezas nacionales.

 -La organización de seminarios y conferencias en los dominios científicos que benefician  a los refugiados (agricultura, hidràulica, medio ambiente, arquitectura ..etc.…)

Artículo 11

La Asociación persigue entablar relaciones de coordinadinación con las instituciones nacionales interesadas en su acción. 

Capítulo Tercero

Miembros

Artículo 12

La Asociación está abierta a todos los ingenieros saharauis que creen en los principios y los objetivos de la misma.

Artículo 13

-La AISD está compuesta por miembros voluntarios.

-Los miembros de la Asociación entregan una cotización de adhesión y un abonamiento anual.

 Artículo 14

La adhesión a la Asociación implica la obtención de un carnet de miembro y el pago de la cotización.

La calidad de miembro se adquiere ante al Secretariado General tras haber cumplido las condiciones de hacer entrega de una copia  del diploma y una copia de la  tésis.

 Artículo 15

 La calidad de miembro se pierde en caso de fallecimiento, por dimisión o por una infracción contraria a los estatutos y los objetivos de la Asociación.

 Artículo 16

Deberes de los miembros

-Respetar los estatutos y los regalmentos internos de la asociación, así como las decisiones de la Asamblea General y del Secretariado General.

-Entrega de las cotizaciones y el abonamiento según el estatuto y la ley interna de la asociación.

-Velar por el cumplimiento de los objetivos a través de la participción en los programas y las actividades.

-Velar por la concretización  de las relaciones de amistad y respeto entre los colegas miembros.

Artículo 17

Derechos de los miembros

-Asistir a las reuniones de la Asamblea General y participar en la discusión de los puntos del orden del día.

- Obtener del carnet de miembro.

-Obtener una copia del regalmento interno de la Asociación.

-Obtener una copia del estatuto de la Asociación.

-Obtener las publicaciones de la Asociación tales como las revistas, las copias duplicadas...

-Participar en todas las actividades de la Asociación.

-Escribir para informarse sobre todas las decisiones tomadas por el Secretariado General.

-Derecho a presentarse, de votar y de ser elegido.

 Artículo 18

- Cualesquiera que sean las causas de una dimision, esta debe hacerse pública, escrita y no presta a ningún tipo de confusión;

      - Es necesario precisar el nivel de la dimisión ; es decir si se dimite de una instancia de la Asociación siguiendo siendo miembro de la Asociación, o bien si se trata de una dimisión total de la Asociación y de sus instancias;

    -En caso de un puesto vacante en el Secretariado General, el presidente del buró propone el reemplazo del ausente.

Capítulo IV

Estructura y Órganos de la Asociación

-A- La Asamblea Genera

 Artículo 19

La Asamblea General es el órgano soberano de la Asociación, el cual define la orientación, las programas de la asociación y vigila su aplicación por parte de los órganos de ésta.

 Artículo 20

La Asamblea General está compuesta por todos los miembros que tengan sus cuotas al día conforme a los estatutos y al reglamento interno de la Asociación.

 Hay que distinguir dos tipos principales de asambleas generales:

A- Asamblea General Ordinaria: Se reúne una vez al año. Se encarga de hacer el balance del año que termina y decide sobre los proyectos del año siguiente

 B- Asamblea General Extraordinaria: Se reúne a petición         del Secretariado General o con una mayoría de dos tercios de votos de entre sus miembros, en cualquier periodo del año.      Su convocatoria debe incluir: día, lugar y objeto de la reunión.      

Artículo 21

-Los puntos más frecuentes tratados en una Asamblea General ordinaria son los siguientes:

- la discusión de dos informes, uno moral y otro financiero, que son presentados por el secretariado general.

- el voto de la orientación de los proyectos de la Asociación a desarrollar en el nuevo año.

- las directrices que deben ser seguidas por todos los órganos de la Asociación

- la renovación eventual de los miembros del Secretariado Genera

- las cuotas Artículo 22

-La Asamblea General se reúne una vez al año a través de la convocatoria del Secretariado General o de la petición de la mayoría simple de sus miembros.

- La Asamblea General elige al Secretariado General.

- Los estatutos y el programa de acción a corto y largo plazo son sometidos a su aprobación.

- El Secretariado General se renueva cada tres años.

-                                                                              La asociación puede renovar sus estructuras si se obtiene una mayoría de dos tercios de los votos de sus miembros.

                                               B. El Secretariado GeneralArtículo 23

El Secretariado General es el órgano ejecutivo de la Asociación. La Asamblea General delega en él para administrar la Asociación.

 Artículo 24

El Secretariado General se compone de quinze (15) miembros, de los cuales cuatro (04) constituyen la junta directiva, seis (06) son responsables de las secciones científicas, cuatro (04) representantes en las wilayas y uno (01) representante de la Asociación en Españia.

 Artículo 25

-El Secretariado General organiza y vela por la promoción y seguimiento de las actividades y proyectos de la Asociación.

- Toma todas las decisiones útiles para el desarrollo adecuado de la Asociación, en el marco de los estatutos y los objetivos de la Asociación.

- El Secretariado General elige a la junta directiva y a su presidente de entre sus miembros.

- El orden del día y la convocatoria de la Asamblea general ordinaria son competencia del  Secretariado General.

- El Secretariado General se reúne cada tres meses.

- El Secretariado General da su parecer sobre las admisiones y exclusiones de los miembros de la Asociación.

- Estudia los informes y las propuestas realizadas por las secciones.

- El Secretariado General debe elaborar un reglamento interno que organice el trabajo de la Asociación así como de sus distintas ramificaciones.

- Los miembros del Secretariado General son voluntarios y no pueden percibir remuneración alguna, aunque se admite el principio de devolución de los gastos ocasionados por sus actividades en beneficio de la Asociación. Esta devolución se realizará tras la presentación de facturas u otros justificantes.

                                                

C- La Junta Directiva del Secretariado General

 Artículo 26

La Junta Directiva es el órgano que dirige y prepara los trabajos del Secretariado General.

 Artículo 27

La Junta Directiva del Secretariado General se compone de un(a) presidente(a), un(a) vicepresidente(a), un(a) secretario(a), un(a) tesorero(a).

 Artículo 28

 -Prepara el orden del día de las reuniones del Secretariado General.

- Propone a la Asamblea General una lista de candidatos para el Secretariado General.

Las competencias de los miembros de la Junta son las siguientes:

a- El presidente

- El presidente(a) del Secretariado General es el presidente de la Asociación y su portavoz.

- Dirige la administración de la Asociación, firma los contratos, las convocatorias y los proyectos.

- Es responsable de las relaciones públicas, tanto internas como externas.

- Es el encargado de presentar la asociación y coordina sus actividades.

- Toma decisiones en los casos urgentes y los expone al Secretariado General desde el primer momento.

- Presenta los informes moral y financiero a la Asamblea General.

b- El vicepresidente(a)

El vicepresidente(a) sustituye al presidente o a la presidenta en caso de ausencia de éste o ésta.

 c- El/la secretario(a)

El/la secretario(a)lleva la correspondencia de la asociación. Es responsable de tomar actas en las reuniones, gestiona la documentación administrativa y los archivos de la asociación.

- Puede jugar un rol clave en la comunicación interna y externa de la asociación.

d- El/la tesorero

El/la tesorero(a)tiene la responsabilidad de gestionar la caja y el patrimonio financiero de la asociación.

- recoje las cuotas de los miembros de la Asociación.

- prepara las rendiciones de cuentas financieras que se presentan anualmente a la Asamblea General;

- debe dar cuentas regularmente de su misión con criterios de transparencia.

 

D- Secciones Científicas

 Artículo 29

Las Secciones Científicas, en sus diferentes materias, tienen como objetivo crear un clima adecuado para un grupo de ingenieros especializados con el fin de contribuir al desarrollo de su profesión y garantizar la asistencia y la ayuda a diferentes empresas en el campo de la educación, la formación y la práctica profesional.

La Sección Científica se compone de ramas que representan las diferentes especialidades de la ingeniería.

Artículo 30

Los Responsables de las Secciones Científicas dirigen y organizan seminarios y encuentros en coordinación con la Junta Directiva, y son también responsables del seguimiento y preparación de las exposiciones y estudios realizados por las diferentes ramas científicas, las cuales configuran las Secciones.

 Artículo 31

-La Asociación se compone de seis Secciones:

- Ingeniería Eléctrica y Mecánica       

- Informática y Telecomunicaciones              

- Energía y Minas          

- Ingeniería Civil y Construcción   

- Agricultura e hidráulica            

- Medio Ambiente y Protección de la Naturaleza      

 

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